Tu Poder en la Asamblea: Domina las Reglas de las Reuniones de Tu PH

Aprende de manera clara y sencilla los requisitos, derechos y estrategias que te permitirán participar activamente, proteger tu inversión y tomar decisiones inteligentes en cada asamblea de tu PH

Según la Ley 284 de 2022 sobre Propiedad Horizontal en Panamá, estos son los requisitos indispensables y necesarios para celebrar una Reunión Ordinaria Obligatoria Anual de Asamblea de Propietarios:

📅 Periodicidad y Convocatoria

  • Obligatoria una vez al año: Debe celebrarse en el mes señalado en el Reglamento de Copropiedad; si no se fija mes, debe realizarse cada 365 días calendario desde la última reunión.

  • Convocatoria formal:

    • Emitida por un miembro de la Junta Directiva.

    • Aviso entre 10 y 20 días calendario antes de la reunión.

    • Forma de notificación: Documento escrito entregado a cada unidad inmobiliaria y/o medios tecnológicos aceptados por el propietario.

📄 Documentos que deben acompañar la Convocatoria

Para la Asamblea anual obligatoria, la convocatoria debe incluir:

  1. Proyecto de presupuesto anual, elaborado por el administrador

  2. Informe de ingresos y egresos elaborado por el administrador

  3. Informe de gestión de la Junta Directiva.

  4. Estado financiero auditado del período anterior (si lo pidió la Asamblea).

Nota importante: EL proyecto de presupuesto y el informe de ingresos y egresos de que se trata el punto 1 y 2 deberán ser enviados obligatoriamente a cada uno de los propietarios por los medios previstos para la convocatoria de las asambleas, no con menos de 15 días calendario de antelación a la fecha de la reunión de la Asamblea de Propietarios. Si este requisito no se cumple, la reunión no se llevará a cabo.

Si la reunión la convoca por derecho propio el 20 % de propietarios al día, estos documentos no son obligatorios.

📝 Contenido mínimo de la Convocatoria

Debe indicar:

  • Fecha de emisión.

  • Tipo de reunión (ordinaria anual).

  • Fecha y hora de celebración.

  • Lugar y/o medio tecnológico.

  • Agenda detallada.

  • Nombre y cargo de quien convoca.

  • Datos y firmas si es por derecho propio.

👥 Quorum y Validez

  • Primera convocatoria: Más de la mitad de los propietarios (presenciales o por medios tecnológicos).

  • Si hay segunda convocatoria formal (dentro de 10 días): Las decisiones se validan con mayoría simple de los asistentes.

  • Participación virtual válida: Audio obligatorio y video opcional

🤝 Representación (Apoderado)

  • Propietarios pueden otorgar poder escrito, privado o electrónico a un mandatario (no necesita ser propietario).

  • Cada unidad inmobiliaria tiene un voto; solo votan las unidades inmobiliarias al día en cuotas.

📌 Resumen Práctico

  1. Convocar con 10-20 días de anticipación.

  2. Adjuntar presupuesto, informe financiero y gestión.

  3. Respetar agenda clara y medios de notificación oficiales.

  4. Asegurar quorum: 50 % + 1 en primera convocatoria.

  5. Permitir poderes y participación virtual.

  6. Registrar todo en acta y firmar por presidente y secretario (o ad hoc si aplica).